6 jul 2015

La conclusion

Si la exposición del asunto ha sido hecha claramente, la conclusión lógica -por no decir las conclusiones en el sentido jurídico del termino- debe poder deducirse en algunas paginas. Hasta nos atrevemos a creer que el lector, con un poco de atención reflexiva, la formularia solo. Deseamos ahorrarle este trabajo. Vamos, pues a extraer de la exposición que precede, aplicando los principios de derecho internacional mas generalmente aceptados, los hechos probatorios que establecen nuestra tesis con una firmeza de la cual el lector sera juez. Este resultado, por otra parte, se relaciona mucho menos con la dispocision que con la buena calidad de los materiales; no tenemos aquí otro merito que el de haberlos elegido y probado con suficiente atención para estar seguros de su resistencia. Sobre este punto estamos casi tranquilos. Todo nuestro informes son extraído de las fuentes o de las relaciones mas autenticas, y nos atrevemos a creer que nuestro adversarios no podrán contradecirlos sin ofender la verdad.