7 ago 2015

Relativos al incidente de 1770-1771 Nº 5

Nota de Mr, Harris al ministro Grimaldi

San Ildefonso 25 de Septiembre de 1770.

Señor:
Habiendo el Rey mi Señor sido informado, que el Gobernador, que manda en B. Ay. a nombre de S.M.C., habia tomado sobre si desposeer por la fuerza a los Ingleses del establecimiento que habian formado en Puerto Egmont en las Islas de Falkland, he recibido ordenes de mi Corte para manifestar a S.E. el sentimiento y sorpresa que semejante ultrage ha ocasionado a S.M., y de que hayan tenido lugar estos actos, que no pueden dejar de interrumpir la buena armonia existente entre las dos Cortes, en ocasion que ambas se proporcionaban mutuamente las seguridades mas evidentes de amistad y paz. Es dificil concebir como pueda una empresa de esta naturaleza dejar de arrastrar en pos de si las mas fatales consecuencias, sino haciendose abandono de la dignidad del Rey, mi Señor, y del bienestar de sus subditos. Entretanto, S.M., que nada desea tanto como comprobar la sinceridad de sus buenos sentimientos hacia S.M.C., me ha ordenado repita a S.E., como la prueba mas eficaz del deseo que lo anima de conservar la paz entre las dos Coronas, lo que sobre este particular se ha ya participado al Embajador de S.M.C. en Londres, y que pregunte, ¿si S.M.C., desaprobando los actos que su dicho Embajador en Londres asegura no haber sido autorizados por ordenes suyas especiales, restituira las cosas al mismo estado que tenian ants de esta empresa incosiderada? En semejante caso, el Rey, mi Señor, podra suspender los preparativos, que en la presente situacion de los negocios, su ofendida dignidad no le permitira descontinuar. La justicia y la equidad de este reclamo son muy evidentes, para que me sea necesario entrar en discusion alguna sobre este asunto con S.E. -Sin embargo, no puedo dejar de observar, que el oficial nuestro, que formo primeramente aquel establecimiento en Puerto Egmont, y los que le han sucedido en ese mando, tenian instrucciones para que amonestasen a los subditos de otras Potencias a que se retirasen de el; pero al mismo tiempo se habian dado ordenes a aquellos oficiales, para que se estableciesen conjuntamente con los subditos de cualquiera otra Potencia europea que alli encontrasen, caso de negarse estos a retirarse despues de amonestados comedidamente, refiriendo la discusion del dro, de posesion a sus respectivos Soveranos, sin tratar de obtener su decision por medio de la fuerza. S.E. me permitira igualmente observarle que los procedimientos del Señor Bucareli han sido diametralmente opuestos a estas instrucciones, las que, si se le hubieran dado desde un principio, este negocio que es ahora de la naturaleza mas dificil, podria haber sido tratado amigablemente, cimentando por aquel medio las disposiciones pacificas que se profesaban ambas Cortes, en su lugar de producir sospechas desagradables.